viernes, 11 de noviembre de 2016

Artículo publicado en Diario Gestión: Conozca al detalle los efectos de la simplificación laboral promovida por el Ejecutivo

Ahora las empresas ya no estarán obligadas a registrar los contratos de plazo fijo ante la plataforma virtual del MTPE y si contrata a un extranjero solo deberá presentar ante la autoridad el contrato de trabajo y una declaración jurada en la que se especifica que cumple con la ley.

En la víspera el Ejecutivo emitió una norma que simplifica una serie de trámites ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que busca terminar con la burocracia que implicaba la contratación de personas a plazo fijo y de practicantes.

[Lea también Gobierno aprueba ‘Paquete Simplificador’ que reduce trámites para personas y empresas]

El Estudio Echecopar explica a continuación de qué se tratan las nuevas medidas promovidas por el Gobierno:

Registro de contratos de trabajo a plazo fijo

Las empresas ya no tendrán la obligación de registrar los contratos de trabajo a plazo fijo en la plataforma virtual del MTPE, ni en las Direcciones Regionales de Trabajo. No obstante, sí deberán contar con un contrato por escrito en el que se especifique la causa que justifica la contratación temporal.

Así, la no obligatoriedad del registro se aplicará a los contratos firmados a partir del 11 de noviembre.

Aprobación de contratos de trabajadores extranjeros ante el MTPE

A efectos de solicitar la aprobación de un contrato de trabajador extranjero, únicamente el empleador deberá presentar ante el MTPE los siguientes documentos:

- Contrato de trabajo.

- Declaración Jurada de la empresa donde se señale que la contratación del extranjero cumple las condiciones establecidas por esta ley y cuenta con la capacitación o experiencia laboral requerida por la misma.

En pocas palabras, ya no será necesario presentar certificados de trabajo de empleos previos, ni títulos profesionales. Cabe precisar que estos documentos por provenir del extranjero, muchas veces era necesario traducir y legalizar o apostillar.

Registro de convenios de Modalidades Formativas o prácticas profesionales

Las empresas ya no tendrán la obligación de registrar los convenios de Modalidades Formativas en la plataforma virtual del MTPE ni en las Direcciones Regionales de Trabajo (aunque sí deberán contar con los convenios por escrito suscritos por todas las partes).

Así, bastará con que la empresa declare a los beneficiarios de dichas modalidades en su planilla. La no obligatoriedad del registro se aplicará a los convenios firmados a partir del 11 de noviembre.

Además, a partir de la publicación de la norma bajo, el no contar con el libro de registro de convenios de modalidades formativas autorizado por el MTPE y el no registrar dichos convenios ya no serán calificadas como infracciones laborales.

Eliminación del Programa de Capacitación Laboral Juvenil y del Plan de Entrenamiento y Actualización

Antes para poder celebrar convenios de Capacitación Laboral Juvenil, las empresas debían presentar anualmente durante el último trimestre del ejercicio fiscal su Programa de Capacitación Laboral Juvenil a la Autoridad Administrativa de Trabajo.

En la misma línea, para la suscripción de un convenio de Actualización para la Reinserción Laboral las empresas tenían las obligación de elaborar un Plan de Entrenamiento y Actualización dentro de un plazo máximo de quince días a partir de la entrada en vigencia del convenio. Este plan debía ser registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.

Ahora, las empresas podrán suscribir convenios de Capacitación Laboral Juvenil y de Actualización para la Reinserción Laboral sin tener que elaborar y presentar al MTPE el Programa de Capacitación Laboral Juvenil o el Plan de Entrenamiento y Actualización, respectivamente.

Certificados de discapacidad emitidos por privados

Los certificados de discapacidad podrán ser otorgados por médicos rehabilitadores, médicos cuya especialidad esté relacionada al diagnóstico de discapacidad o médicos generales capacitados de establecimientos de salud pública y privada a nivel nacional.

Así, la certificación deberá ser inmediata cuando la discapacidad sea evidente o congénita.

Cabe recordar que solo las personas con discapacidad que cuenten con dichos certificados podrán acceder a beneficios como la bonificación en el concurso público de méritos, la cuota de empleo y la pensión no contributiva por discapacidad severa.

Artículo publicado en Diario Gestión
Viernes, 11 de noviembre del 2016

¿QUIERES SER MÁS EFICIENTE Y VIVIR CON UN MAYOR GRADO DE BIENESTAR? CONOCE MÁS SOBRE EL MINDFULNESS

Hace unos días atrás tuve la oportunidad de participar en Madrid de un taller que realmente me encantó. El ponente era Fernando Tobias, profesor de la Universidad Pontificia Comillas de España. El tema del taller “Mindfulness: Enfoca  la atención en la era de las distracciones”

Sabemos que en el mundo en el que vivimos estamos en constante búsqueda de experiencias, y no nos tomamos el tiempo suficiente para prestar atención a las cosas que nos rodean. Por ejemplo pensamos que podemos hacer muchas cosas a la vez, pero lo cierto es que sí lo podemos hacer, siempre y cuando estas actividades sean automáticas, por ejemplo caminar y escuchar música. Pero la cosa cambia cuando tenemos que concentrarnos en la tarea que estamos haciendo. Por ejemplo cuando estamos en una llamada muy importante por celular, y estamos conduciendo al mismo tiempo, aquí lo que hace el cerebro es ir desplazando la atención secuencialmente de una tarea a otra. Y esto lo puede hacer gracias al tálamo.

La capacidad de tener una atención plena del aquí y  ahora es lo que se conoce como Mindfulness. Con esta capacidad recordamos a dónde nos dirigimos, y podemos observar y reconocer la propia experiencia en el mundo donde vivimos. Aunque pensamos que somos conscientes de nuestra atención, lo cierto es que estamos atendiendo más a nuestros pensamientos sobre el pasado o el futuro y poco sobre lo que nos está sucediendo en el presente. Por ejemplo cuando comemos ¿estamos realmente disfrutando de ese momento y experimentando los sabores y texturas de los alimentos?, o ¿sólo disfrutamos una pequeña porción de lo que estamos experimentando porque nuestra atención está en pensamientos que nada tienen que ver con lo que estamos haciendo?.

Mindfulness te permite mantener una actitud de apertura, curiosidad y aceptación sobre el momento presente, entonces beneficia a la concentración y claridad mental, reduce las distracciones y la divagación, gestiona eficazmente el estrés, aumenta la productividad y el bienestar y favorece la empatía y creatividad. Por ejemplo una persona que se encuentra en una situación de negociación compleja, si mantiene una atención plena de la situación presente, podrá ser más asertivo y podrá obtener mejores resultados, porque podrá reconocer lo que está sucediendo mientras está sucediendo, aceptando activamente el fluir de la experiencia tal cual se está dando. Si en cambio mantiene una mente llena de pensamientos, le será más difícil poder salir airoso de la situación.

Desde hace muchísimos años los Budistas practican la atención plena gracias a la técnica de la meditación, donde se busca atender de forma integral los diversos aspectos del ser humano (cuerpo, mente y espíritu). Creo que si todos dedicáramos unos pocos minutos de nuestro tiempo al día a buscar la atención plena tendríamos una vida con mayor bienestar.

Autora Claudia Corvetto 
Gerente General 
Selekto Consultores en Recursos Humanos SAC